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Abogado de incapacidad

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Home  >  Abogado de incapacidad

La jubilación es generalmente a la edad de sesenta y cinco años de edad en los Estados Unidos. Muchas personas trabajan hasta su edad dorada para disfrutar los beneficios de su pensión, un pago regular recibido durante su jubilación conseguido con un fondo de inversiones. Durante los años de servicio de la persona, su empresa habría hecho contribuciones a este plan de pensiones.

Pero hay muchas veces cuando la gente necesita su pensión antes de llegar a la edad de sesenta y cinco. Una enfermedad mental o física o una lesión, o tal vez una enfermedad que amenace su vida, pueden evitar que esa persona siga trabajando. La incapacidad permanente y temporal necesitarán de apoyo financiero durante este difícil momento.

Una Verdad Dolorosa

Encontrarse incapacitado y sin posibilidad de trabajar unos años antes de reclamar su pensión es una experiencia difícil. Por un lado, el reclamo de su pensión es una obligación si se desea seguir cumpliendo con las obligaciones financieras. Sin embargo, solicitar la pensión también está determinado por las políticas de jubilación de su empresa.

Pero antes de tirar la toalla y perder toda esperanza sería beneficioso consultar un abogado de accidentes o de lesiones personales para evaluar su caso. Primero que nada, si la lesión debilitante se contrajo en el lugar de trabajo, puede que tenga una demanda en sus manos. Y segundo, si esta permanentemente lesionado debido a causas distintas al trabajo, entonces una revisión del contrato de empleo por parte de usted y su abogado de juicio puede revelar mas información sobre jubilaciones tempranas.

Diferentes Tipos de Jubilación

Como una Guía, La Oficina de Manejo de Personal de los Estados Unidos distingue cuatro tipos de jubilación.

  • Incapacidad. Para jubilarse por Incapacidad, se necesita que usted entregue al empleador toda la documentación acerca de su condición medica. También debe ser probado que todos los medios fueron utilizados para mantenerlo como un miembro productivo de la fuerza de trabajo. Además existen algunas condiciones que deben ser cumplidas: Primero, tiene que haber completado dieciocho meses de servicio civil federal acreditable bajo el Sistema de Jubilación de Empleados Federales (FERS); segundo, debe haberse incapacitado debido a una enfermedad o lesión mientras estuvo empleado; y tercero, la incapacidad debe esperarse que dure al menos un año.
  • Jubilación temprana. Al llegar a la Edad Mínima Requerida (MRA), usted debe tener diez o más años de servicio. La MRA va desde cincuenta y cinco años de edad a cincuenta y siete años, dependiendo de su año de nacimiento.
  • Jubilación Voluntaria. Su edad y sus años de servicio determinarán su elegibilidad para jubilación voluntaria.
  • Jubilación Diferida. Aplicable a antiguos empleados Federales cubiertos bajo el Sistema de Jubilación de Empleados Federales (FERS).

Cual es el Próximo Paso

Lograr una demanda de incapacidad es un asunto complicado, dependiendo de la situación y los detalles de cada caso. Es difícil interpretar por usted mismo su propia situación personal ya que las emociones están en el camino. Tener un abogado experimentado que vele por sus derechos y responsabilidades objetivamente es muy importante.

Los abogados de Rosenthal, Levy, Simon & Sosa, están listos para ayudarle usando su extensa experiencia en incapacidad y legislación de pensiones, así como en lesiones personales. Simplemente llame para una consulta o llene la forma en línea.

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